Juana Manso 1069 | Oficina En Alquiler | Puerto Madero
Juana Manso 1069 · Puerto Madero
US$ 20.500
Descripción
2 torres de oficinas de excelente categoría, desarrolladas en Subsuelos - Planta Baja y 7 pisos. Complejo de Oficinas Inteligentes - Dique III. - Torre Norte: Juana Manso 999 - Torre Sur: Juana Manso 1069 Tecnología, Calidad y Seguridad - Fachada de Curtain Wall con doble vidriado hermético - Grupo electrógeno de emergencia - Control de accesos, CCTV, controles de iluminación en área, control de consumo eléctrico y consumo de agua - 6 Ascensores (18/20 pasajeros) - Escaleras presurizadas - Artefactos de iluminación de emergencia - Hidrantes y extinguidores de incendio - Sprinklers - Tanque de reserva de incendio - Detectores de humo y Avisadores de incendio. Características de la Unidad: Sector Sur, lado Norte - Planta Libre con divisiones - Piso Técnico - Cielorrasos suspendidos, acústico - Artefactos de Iluminación - Aire acondicionado VRV - Opción de adicionar 765 m2 del piso 3 Sur. Alfombra: 785.92 m2 | Servicios: 66.64 m2 | Superficie Total: 852.56 m2 Cocheras: 9 Valor de Alquiler + I.V.A + Gastos | Cotización dólar oficial BNA | Servicios Castro Cranwell y Weiss: 5% sobre el total de contrato de locación incluyendo opciones de prórroga de contrato, más IVA. - Las medidas son aproximadas - Valores sujetos a modificaciones. - C.U.C.I.C.B.A. Mat. 1406 - C.S.I. Mat. 7261
Ubicación
- Dirección
- Juana Manso 1069
- Barrio
- Puerto Madero
- Localidad
- Capital Federal
Ficha del inmueble
Video

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Nota: La información gráfica y escrita contenida en el presente aviso es meramente a título estimativo y no forma parte de ningún tipo de documentación contractual. Las medidas y superficies definitivas surgirán del título de propiedad del inmueble referido. Asimismo, los importes de impuestos, tasas, servicios y expensas aquí indicados están sujetos a verificación por parte del potencial comprador. El valor del inmueble indicado en el presente puede ser modificado sin previo aviso. Operación supeditada a que el propietario cumplimente con la R.G. N° 2371/07 COTI.
LEGAL – Ley 5859 – CABA: Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestaría de informes.

Publicado por
C. & W. CASTRO CRANWELL & WEISS
Matrícula 1406
Oficina · Retiro
Carlos Pellegrini 1149
