Venta de hotel en San Telmo
Piedras 922 · San Telmo
US$ 1.599.000
Descripción
Quintanar Baquero le ofrece en venta el emblemático Hotel Dandy Royal Tango, una propiedad única en el corazón de San Telmo. Con más de cien años de historia, este Petit Hotel de estilo clásico se emplaza sobre dos lotes contiguos en la calle Piedras (922 y 930), que suman una superficie total de 498 m² de terreno con un frente conjunto de 16,99 metros y una superficie cubierta existente de 1.886 m² distribuidos en cinco plantas. Esta configuración permite no solo la continuidad edilicia actual, sino también la posibilidad de unificación para futuros desarrollos. La propiedad cuenta con 31 habitaciones y 43 baños, tres salones principales, hall de recepción, sala de estar, comedor, cocina, gimnasio, lavadero y dependencias de servicio. Varias habitaciones incluyen jacuzzi y balcones al frente y contrafrente. Se destacan detalles únicos como pisos de roble de Eslavonia y pinotea, escaleras de mármol de Carrara, murales alusivos al tango y tres ascensores vidriados. Además, dispone de patio interno y una amplia terraza con jacuzzi y piscina. La fachada se encuentra protegida como patrimonio histórico de la Ciudad de Buenos Aires, consolidando su valor arquitectónico y cultural. La propiedad se encuentra escriturada en tres unidades, lo que habilita su división o desarrollo independiente, brindando flexibilidad a inversores. Ubicación estratégica En pleno San Telmo, sobre la calle Piedras al 900, a metros de Avenida Independencia, Avenida Belgrano y Avenida 9 de Julio, con excelente conectividad hacia Microcentro, Puerto Madero y los principales atractivos turísticos de Buenos Aires. El entorno inmediato combina gastronomía, cultura y arte, con una fuerte afluencia de visitantes nacionales e internacionales. Potencial de inversión La conjunción de dos lotes que totalizan casi 500 m² de terreno con 1.886 m² construidos, sumada a su carácter patrimonial, posiciona al Dandy Royal Tango como una oportunidad única para reposicionar un hotel boutique, generar un espacio cultural o gastronómico, o reconvertirlo en un desarrollo de usos mixtos. Su historia, su escala y su localización lo convierten en un activo con alta proyección de rentabilidad y plusvalía urbana asegurada. Accesible conforme a Ley 5.115 CABA La propiedad cuenta con condiciones de accesibilidad para personas con movilidad reducida, cumpliendo con lo establecido por la normativa vigente. Corredor Responsable: Roberto Quintanar Baquero C.U.C.I.C.B.A. Matrícula Nº 1682 (Sucursales Pompeya, Caballito y Flores) AVISO LEGAL: Las descripciones arquitectónicas y funcionales, valores de expensas, impuestos y servicios, fotos y medidas de este inmueble son aproximados. Los datos fueron proporcionados por el propietario y pueden no estar actualizados a la hora de la visualización de este aviso por lo cual pueden arrojar inexactitudes y discordancias con las que surgen de los las facturas, títulos y planos legales del inmueble. El interesado deberá realizar las verificaciones respectivas previamente a la realización de cualquier operación, requiriendo por sí o sus profesionales las copias necesarias de la documentación que corresponda. Venta supeditada al cumplimiento por parte del propietario de los requisitos de la resolución general Nº 2371 de la AFIP. XINTEL(QBM-QBM-1597)
Ubicación
- Dirección
- Piedras 922
- Barrio
- San Telmo
- Localidad
- Buenos Aires
Ficha del inmueble
Video

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Nota: La información gráfica y escrita contenida en el presente aviso es meramente a título estimativo y no forma parte de ningún tipo de documentación contractual. Las medidas y superficies definitivas surgirán del título de propiedad del inmueble referido. Asimismo, los importes de impuestos, tasas, servicios y expensas aquí indicados están sujetos a verificación por parte del potencial comprador. El valor del inmueble indicado en el presente puede ser modificado sin previo aviso. Operación supeditada a que el propietario cumplimente con la R.G. N° 2371/07 COTI.
LEGAL – Ley 5859 – CABA: Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestaría de informes.

Publicado por
QUINTANAR BAQUERO
Matrícula 1682
Casa Central · Caballito
Av. José María Moreno Nº385
