P.CHACABUCO /EXCELENTE PROPIEDAD EN PARQUE CHACABUCO VENTA EN BLOCK
CASIMIRO RECUERO 1830 CABA · Parque Chacabuco
US$ 210.000
Descripción
EXCELENTE PROPIEDAD EN PARQUE CHACABUCO VENTA EN BLOCK OPORTUNIDAD. PROPIEDAD A RECICLAR, , ZONA RESIDENCIAL AMPLIOMETRAJE, COCHERA CUBIERTA LIVING COMEDOR COCINA COMEDOR LAVADERO CUBIERTO PATIO DEPENDENCIA DE SERVICIO 3 DORMITORIOS 2 BAÑOS BALCON TERRAZA PH FONDO EN BUEN ESTADO PARA HABITAR PATIO CUBIERTO 2 DORMITORIOS COCINA BAÑO AMPLIO LAVADERO CUBIERTO PATIO AVISO LEGAL: las descripciones arquitectónicas y funcionales, valores de expensas, impuestos y servicios, fotos y medidas de este inmueble son apróximados, los datos fueron proporcionados por el propietario y pueden no estar actualizados a la hora de la visualización de este aviso por lo cual pueden arrojar inexactitudes y discordancias con las que surgen de los/as facturas, títulos y planos legales del inmueble. El interesado deberá realizar las verificaciones respectivas previamente a la realización de cualquier operación, requiriendo por sí o sus profesionales las copias necesarias de la documentación que corresponda. Venta supeditada al cumplimiento por parte del propietario de los requisitos de la R.G. 2371 AFIP (COTI). - KP500274 - T110315 - Dc5c389 - - Publicado con KiteProp CRM Inmobiliario
Ubicación
- Dirección
- CASIMIRO RECUERO 1830 CABA
- Barrio
- Parque Chacabuco
- Localidad
- Buenos Aires
- Código postal
- 1407
Ficha del inmueble

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Nota: La información gráfica y escrita contenida en el presente aviso es meramente a título estimativo y no forma parte de ningún tipo de documentación contractual. Las medidas y superficies definitivas surgirán del título de propiedad del inmueble referido. Asimismo, los importes de impuestos, tasas, servicios y expensas aquí indicados están sujetos a verificación por parte del potencial comprador. El valor del inmueble indicado en el presente puede ser modificado sin previo aviso. Operación supeditada a que el propietario cumplimente con la R.G. N° 2371/07 COTI.
LEGAL – Ley 5859 – CABA: Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestaría de informes.

Publicado por
CARLOS ALBERTO NOUCHE
Matrícula 3975
Casa Central mendes de andes 874 · Caballito
mendes de andes 874
