Terreno De 8,66 X 21,87
Saavedra 1170 · San Cristóbal
US$ 278.000
Descripción
LOTE de 8.66 x 21.87 m., Zonificación según CPU: R2a II Superficie de Parcela: 178 m2 FOT: 3,43 Incidencia Uva: 70. ACEPTA PERMUTA Tipo de manzana: Atípica Edificabilidad .Unidad de Edificabilidad / Corredor: Unidades de Sustentabilidad de Altura Alta | U.S.A.A (Ley 6361 Art. 6.2) Altura Máxima: 22,8mts (Ley 6361 Art. 6.2) Perfil Edificable: Ley 6361 Art. 6.3, 6.3.1 y 6.3.1.1 área Edificable: L.O- L.F.I. Disposición de Trazado de LFI/LIB particularizadas: Esta manzana posee normativa vigente de acuerdo a DI-2021-2422-GCABA-DGIUR Usos del Suelo área de Alta Mixtura de Usos del Suelo 4: Corresponde a las áreas y corredores destinados a residencia, depósitos, equipamiento, servicios y comercios de afluencia masiva. Los usos que resulten de aplicar las disposiciones del Cuadro de Usos del Suelo N 3.3, de la Ley 6361. En el mismo se referencia si el rubro está permitido en el área de mixtura, la superficie máxima por unidad de uso, si requiere consulta al Consejo "C". Asimismo, se indican los requerimientos mínimos de estacionamientos, bicicletas y módulos de Carga y descarga. Las actividades productivas e industriales se encuentran permitidas en todo el ejido de la Ciudad. éstas deben dar cumplimiento al Cuadro de Usos del Suelo Industrial 3.11.2, y al Anexo del Decreto N86/19, reglamentación de la Ley N2216, en donde se incorporan los requerimientos mínimos de estacionamientos, bicicletas y módulos de Carga y descarga. CUCICBA 1580
Ubicación
- Dirección
- Saavedra 1170
- Barrio
- San Cristóbal
- Localidad
- Capital Federal
Ficha del inmueble

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Nota: La información gráfica y escrita contenida en el presente aviso es meramente a título estimativo y no forma parte de ningún tipo de documentación contractual. Las medidas y superficies definitivas surgirán del título de propiedad del inmueble referido. Asimismo, los importes de impuestos, tasas, servicios y expensas aquí indicados están sujetos a verificación por parte del potencial comprador. El valor del inmueble indicado en el presente puede ser modificado sin previo aviso. Operación supeditada a que el propietario cumplimente con la R.G. N° 2371/07 COTI.
LEGAL – Ley 5859 – CABA: Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestaría de informes.
Publicado por
ALVAREZ NOBLIA PROP.
Matrícula 1580
CASA CENTRAL · Microcentro / Centro
TUCUMAN 1484 7 B
